lunes, 28 de abril de 2008
Compartiendo resolucion de conflictos con grupos españoles
Hola!
les ruego que disculpen el lapso de tiempo transcurrido desde el ultimo posting...he estado haciendo varios workshops en España este mes y el tiempo ha resultado muy corto...cada grupo pedia un tema distinto! y asi hemos hecho con Nilda Gorvein un estupendo seminario sobre Violencia Domestica y Publica en el Instituto Onati, en Gipuzkoa, que pueden ver aqui: http://www.iisj.es
Para quien este interesado, puede pedir por el trabajo presentado alli, enviando un correo.
El segundo workshop fue en San Sebastian, donde se hablo del conflictos en el trabajo y la mediacion gerencial con colegas de la Asociacion de Abogados de Gipuzkoa;
El tercer seminario fue en Santander, donde nos reunimos con el curso del Diplomado en Mediacion,que dirije Eduardo Vazquez, para hablar tambien de conflictos laborales;
El cuarto fue una experiencia hermosa en Burgos, con mas de 40 mediadores pertenecientes al Centro de Negociación Empresarial y Mediación Familiar de Castilla y León, interesados en discutir la aplicacion de las tecnicas de dialogo apreciativo a las negociaciones por principios.
Como ven, un menu muy variado y lleno de posibilidades de compartir ideas, experiencias y aprendizajes desde contextos diferentes...
todavia estoy armando los caminos posibles para futura cooperacion,
pero ya estamos en camino de tener grupos interesados en la discusion seria de estos temas.
Para cerrar, les dejo las diferentes definiciones de conflicto ofrecidas...a ver si las diferencias son significativas?
Kenneth Boulding:
“una situación de competencia en la que las partes están conscientes de la incompatibilidad de futuras posiciones potenciales, y en la que cada una de ellas desea ocupar una posición que es incompatible con los deseos de la otra”.
Pruitt, Rubbin y Kim:
“Una percepción de intereses contrapuestos o divergentes. La creencia de las partes de que sus aspiraciones actuales no pueden ser satisfechas de manera simultanea.”
Nora Femenia:
“Una situación de corto o largo plazo generada entre personas que son interdependientes para el trabajo o la coexistencia, donde una o ambos sienten frustración de sus necesidades, experimentan emociones fuertes como el enojo, se culpan recíprocamente y desarrollan conductas que causan daños físicos, psíquicos o ambientales recíprocos.”
Hasta la proxima!
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2 comentarios:
Estimada Nora,
Noto con gran interés tanto que estás involucra en asuntos de “mediación en el trabajo” y “mediación laboral”. ¿Usas estos términos en forma intercambiable o como algo diferente? Por ejemplo, al escuchar la expresión “mediación laboral” me imagino algo que puede existir en conflictos entre un sindicato y la empresa, o entre los dueños y los empleados, para dar dos ejemplos. En cambio, se me ocurre que “mediación en el trabajo” podría significar la resolución de conflictos entre dos pares, tal como dos médicos, dos tractoristas, dos secretarias, etc. Me interesan ambos tipos de mediación, pero especialmente la mediación de desavenencias de índole interpersonal, tal como lo que sería la “mediación en el trabajo”. Estoy tratando de buscar la expresión adecuada y te pido que me ayudes. Podríamos decir, además, ¿“mediación organizacional”?
Un abrazo,
Gregorio Billikopf
Hola Gregorio,
muy interesante tu comentario, y querria agregarle algo mas todavia: la mediacion de desavenecias entre empleados, la llamamos por aca "mediacion gerencial" y proveemos un training especifico para esa intervencion...
O sea que:
mediacion laboral, es lo que tu dices, para conflictos entre sindicato y empresa;
mediacion gerencial, es interna entre ambos empleados y la hace el supervisor/gerente
mediacion organizacional, seria la que hace a nivel sistemico, organizacional, una figura que intervenga a ese nivel, que es el ombudsman...
Espero haber aclarado y no confundido mas los puntos! Muchas gracias por tenerte aqui y hasta siempre,
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