jueves, 23 de junio de 2011

MANUAL DIGITAL DE EDUCACION INTERCULTURAL


Introduccion:

Las sociedades de hoy en día son multiculturales, es decir, en ellas coincidimos personas con referentes culturales diversos; están coexistiendo, por tanto, en los mismos espacios, identidades, valores, creencias, costumbres y usos diferentes. Nuestras sociedades son además complejas y cambiantes, y están atravesadas por una tremenda fractura social que, por desgracia, va en aumento.
La construcción de la interculturalidad, entendida como apuesta ética y política, tiene que ver con el paso de la mera yuxtaposición de culturas que predomina en la actualidad al diálogo y a la interacción positiva entre ellas. En este proceso todavía queda mucho por hacer.
Los materiales que aquí presentamos, y los que se irán incorporando, pretenden ser herramientas útiles para que quienes accedan a ellos puedan avanzar, a través de la Educación Intercultural, en el camino que posibilita el ejercicio activo de la ciudadanía intercultural. Recogen experiencias, análisis, reflexiones y propuestas de muchas personas y grupos, que trabajan en la misma dirección.
Va dirigido, especialmente a educadores de las ONG, de centros educativos y en general, a todos los que desde el ámbito formal y el no formal trabajan en esta dirección. Es una iniciativa de la FONGDCAM, complementaria a otras que se están llevando a cabo sobre el mismo tema.
Este Manual incluye descripciones de proyectos en España, Europa y America Latina



http://www.fongdcam.org/manuales/educacionintercultural/datos/index_2.html

viernes, 17 de junio de 2011

La Cultura Mapuche y la Conciliación de CONADI





La Cultura Mapuche y la Conciliación de CONADI

Lohengri Ascencio Grez
Abogado Conciliador
TEMUCO, CHILE


Los Mapuches, y en general las culturas originarias, por su forma de vida en comunidad constituían un grupo limitado de personas vinculados muchas veces por parentesco, de ahí que para ellos las buenas relaciones eran fundamentales para la mantención de la convivencia del  grupo y enfrentar la vida.

Lo anterior, los hacía reducir al máximo la disputa abierta, y solo cuando no era posible resolver el conflicto, por los propios involucrados, estos acudían al lonko de la comunidad para su resolución.

El Lonko, es quien dirige la comunidad o lof

El lonko no es más que los vecinos, y su autoridad para resolver los conflictos, no venía de  la fuerza o coerción, sino de su conocimiento y capacidad de persuasión que tenía entre los miembros de la comunidad indígena, por su reputación de honestidad, integridad y liderazgo, es decir era un guía de la comunidad.

Para poder ser tal, el lonko, tenía que tener ciertos atributos, debía ser:
Nor  che, persona que obra con rectitud, Kim che:,  persona sabia o con conocimientos adquiridos como producto de su experiencia en relación con el medio natural, social y cultural; Kümeche, buena persona, o que se preocupa  por el bienestar de los demás; Nehuenche, persona con fortaleza de espíritu o decisión.

El Ad Mapu o Az Mapu (la costumbre de la tierra), a su vez eran las normas por las que se regía el pueblo mapuche, que actualmente se conoce como el derecho consuetudinario.

El Ad Mapu, entre otras cosas, regulaba la interacción con la naturaleza,  con los espíritus, la organización social, derechos sobre la tierra, así por ejemplo establecía que cada familia tenía derecho a un determinado territorio de tipo familiar donde podía desarrollar  sus actividades de recolección y agricultura, el que pasaba de generación en generación y era ejercido en forma comunitaria.

La trasgresión del ad Mapu, podía tener una serie de consecuencias, ya que si no se cumplía con el ad Mapu, se producía un desequilibrio:

Si la trasgresión tenía que ver con normas de orden sagrado, estas se manifestaban por medio de la enfermedad, que sufre el sujeto.

Si la trasgresión tenía que ver con un daño a un miembro de su mismo lof, este se resuelve por medio   de una compensación.

Si la trasgresión  se realiza a alguien fuera de su comunidad o lof, esta compensación debe acordarse entre los loncos de los lof respectivos.

Diferencias entre la filosofía indígena y la occidental

La filosofía occidental, y el sistema de justicia están basados en la retribución, si alguien hace algo mal entonces esta persona, será castigada. La decisión la toma un juez que generalmente no conoce a la persona que será castigada y se basa en derecho escrito y complejos procesos administrativos.

La filosofía y el sistema de resolución de conflictos mapuche, se enfoca en la reparación del daño a la víctima, más que en un castigo al autor del daño. Se escucha a todos quienes puedan haber sido involucrados en el conflicto no solo a la víctima directa, sino también a los indirectos, la familia, los amigos, incluso al ofensor. El principio es que todo está conectado y las acciones de un individuo afectan a muchos otros. El castigo de un individuo no sólo no le ayuda a él, sino también no ayuda en nada a la comunidad..

Por todas estas razones es que a pesar de no ser reconocido por la normativa creada por el Estado para los indígenas,  estos por años, continuaron resolviendo por la vía del parlamento, de juntas o reuniones de paz sus conflictos.

Así hasta que en el año 1993, por medio de la Ley 19253 artículo 55, se reconoce esta posibilidad de que los indígenas, puedan ser asistidos por un abogado de CONADI, que tiene la condición de conciliador, para resolver directa y amistosamente sus conflictos de tierras. Acuerdos, que conforme a la norma citada, una vez firmados por las partes y el abogado  conciliador tienen autoridad de cosa juzgada en última instancia y mérito ejecutivo.

A la fecha se han tramitado más de 6500 expedientes de conciliación, con un cuarenta por ciento de éxito.